El valor convenido es el monto de indemnización de cada unidad pactado con la aseguradora al contratar y escrito en la póliza, y se respeta durante toda la vigencia. La alternativa es el valor comercial, que toma el libro azul vigente el día del siniestro: una guía que se actualiza mes con mes, así que la unidad se deprecia mes a mes mientras la póliza corre. Hay un segundo efecto menos conocido: el umbral de pérdida total se calcula como porcentaje del valor asegurado, así que un valor más bajo hace que un daño mediano se declare pérdida total. Grupo Soluciones pacta el valor unidad por unidad y declara las adaptaciones en anexo.
¿Qué es exactamente el valor convenido?
Es el valor de cada unidad pactado por adelantado y escrito en la póliza. Cuando ocurre una pérdida total o un robo, la indemnización se calcula sobre esa cifra acordada, no sobre una valuación hecha después del evento.
Las condiciones generales lo definen en esos términos. En la póliza de GNP para camiones, tractos y remolques, el valor convenido es el valor "que se establece de común acuerdo entre el Contratante y la Compañía", y opera para daños materiales por pérdida parcial, pérdida total y robo total. General de Seguros lo define como el valor "establecido, de común acuerdo entre el Contratante y la Compañía, al momento de contratar el Seguro". Quálitas lo describe como la "cantidad fijada de común acuerdo entre la Compañía y el Asegurado como monto a indemnizar".
Su función es sencilla de enunciar y difícil de sobrevalorar: elimina la discusión sobre cuánto vale el camión justo en el momento en que la empresa acaba de perderlo. Sin valor convenido, esa discusión existe, y ocurre en las peores condiciones posibles — con la unidad ya perdida, con la operación afectada y con una de las dos partes teniendo mucho más margen que la otra.
¿Existe una guía de referencia para valuar camiones usados en México?
Sí, y conviene decirlo con precisión porque cambia el argumento.
Desde agosto de 2020 existe VINPlus, desarrollada por la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS), la Asociación Mexicana de Distribuidores de Automotores (AMDA) y CESVI México. Es, según AMDA, la única referencia comercial de valores de vehículos pesados del país. Publica precio de lanzamiento, de venta y de compra, con datos históricos desde 1990, e incorpora alrededor de 50 características técnicas adicionales al número VIN.
Y las aseguradoras la usan. Las condiciones generales de General de Seguros para el seguro de camiones definen el valor comercial como el valor de venta de la guía "Cesvi vin Plus" vigente a la fecha del siniestro. Quálitas remite a la "Guía EBC o Guía Autométrica". HDI fija el valor comercial "sobre la base del promedio que se tenga en el mercado" y admite que "también se puede fijar a través de peritaje especializado".
Que exista una guía no resuelve el problema, y esta es la razón: VINPlus valúa una unidad, no valúa la tuya.
La guía parte de la configuración de fábrica identificada por el VIN. Una caja seca fabricada a medida, una caja refrigerada, una rampa hidráulica, rieles de sujeción, un tumbaburros o un blindaje instalado después no están en el VIN y no aparecen en la guía. En equipo pesado, donde prácticamente ninguna unidad opera en configuración de fábrica, esa diferencia puede ser el 20% o el 30% de la inversión real en el camión.
El valor convenido es precisamente lo que cierra ese hueco: convierte una cifra de catálogo en una cifra acordada que sí describe tu unidad.
Gabriela Sierra, directora de operaciones de Grupo Soluciones, insiste en que este es de los puntos que más se subestiman al armar una póliza de equipo pesado, porque hasta el día del siniestro no produce ninguna diferencia visible. La póliza se ve igual, la prima se paga igual. La diferencia aparece completa en un solo momento.
¿Cada cuánto se actualiza el valor comercial de mi camión?
Cada mes. Y esta es la consecuencia que decide la mayoría de los casos.
"El libro azul se actualiza mes con mes. Eso quiere decir que la unidad se deprecia mes con mes. Por eso lo más conveniente es asegurar a valor convenido."
Las dos cifras se comportan de forma opuesta durante el mismo año de vigencia:
| Valor convenido | Valor comercial | |
|---|---|---|
| Durante la vigencia | La suma asegurada pactada se respeta íntegra durante todo el año de la póliza, sin importar cuándo ocurra el siniestro | El monto se toma del libro azul vigente el día del siniestro, y esa guía se actualiza mes con mes |
| Efecto sobre la unidad | El valor no se mueve: es el mismo en el mes uno y en el mes doce | La unidad se deprecia mes a mes mientras la póliza corre, así que un siniestro en noviembre se indemniza más bajo que el mismo siniestro en enero |
| Cuándo se conoce el monto | Desde la contratación, escrito en la carátula | Hasta el día del siniestro, cuando la empresa ya no negocia |
Dicho de otra forma: a valor comercial, la cobertura que compraste en enero ya no es la que tienes en octubre, aunque hayas pagado la misma prima. A valor convenido, sí lo es.
¿Cuándo puedo asegurar a valor factura?
Solo en una ventana muy corta, y con una condición de origen que suele pasarse por alto.
Para asegurar una unidad a valor factura, debe haberse adquirido en agencia y asegurarse dentro del primer mes posterior a la compra. Pasado ese mes, el esquema deja de estar disponible y la unidad tiene que asegurarse a valor convenido, precisamente porque ya empezó a depreciarse.
"Compras un auto nuevecito y te puedes asegurar esa unidad hasta en un mes para que te respeten la suma asegurada. Si aseguras la unidad posterior a ese mes, entonces ya tendrías que asegurarlo a valor convenido. ¿Por qué? Porque la unidad se deprecia."
Al igual que el valor convenido, el valor factura se respeta durante toda la vigencia de la póliza. La diferencia está en el acceso: el valor factura tiene puerta de entrada y se cierra en 30 días; el valor convenido está disponible siempre.
Para una flota que incorpora unidades a lo largo del año, esto es operativo, no teórico: la unidad que se compró y no se aseguró en el mes ya perdió el mejor esquema disponible. Es una de las razones para tener resuelto el alta por endoso antes de comprar, y no después.
¿El valor asegurado decide si la unidad se declara pérdida total?
Sí, y es la consecuencia que casi nadie explica.
Una unidad no se declara pérdida total porque quede destruida, sino cuando el costo de reparación alcanza un porcentaje del valor asegurado. Ese porcentaje varía por aseguradora y está escrito en las condiciones generales registradas ante la CNSF.
| Aseguradora | Umbral de pérdida total |
|---|---|
| Quálitas | La cláusula 7ª considera pérdida total cuando el costo de la reparación excede el 50% de la suma asegurada, salvo convenio; si excede el 65%, siempre se considera pérdida total |
| GNP | La cláusula 2.1.b declara pérdida total cuando la reparación requiere un importe mayor o igual al 65% del valor convenido, comercial o factura |
| HDI Seguros | Las condiciones generales fijan la pérdida total cuando los daños materiales igualan o exceden el 75% de la suma asegurada |
| General de Seguros | La cláusula 2ª reconoce pérdida total cuando el daño excede el 75% de la suma asegurada, y procede desde el 65% a solicitud del asegurado |
La aritmética es la que decide: el mismo daño, sobre un valor asegurado más bajo, alcanza el umbral antes.
Una reparación que sobre un valor convenido alto no llega al porcentaje —y por tanto se repara, y la empresa conserva su camión— sobre un valor de catálogo deprimido sí lo alcanza, se declara pérdida total, y la empresa recibe ese monto bajo y pierde la unidad. Es el mismo camión, el mismo golpe y la misma aseguradora. Lo único que cambió fue lo que se escribió en la carátula el día de la contratación.
En la práctica del mercado mexicano, el umbral habitual se ubica entre el 65% y el 70% según la compañía, aunque las condiciones generales admiten el rango más amplio de la tabla. La lógica de la aseguradora es económica: por encima de ese porcentaje pierde más reparando que indemnizando.
Qué ocurre al dictaminarse la pérdida total: el asegurado cede todos los derechos sobre la unidad a la aseguradora, y la aseguradora indemniza por el monto de la suma asegurada estipulado en la carátula o, en su defecto, al valor comercial del libro azul. La empresa entrega el camión y recibe la cifra que la carátula decía.
La comparación completa de los tres esquemas de valuación, con un ejemplo numérico, está en valor convenido, valor factura o valor comercial: qué cambia en la indemnización.
¿Puedo conservar mi unidad aunque la declaren pérdida total?
Sí, y es una alternativa que casi nadie plantea al cliente.
El problema que la origina es real: cuando la aseguradora dictamina pérdida total, la empresa entrega la unidad y recibe la suma asegurada. Pero los vehículos suben de precio, así que ese monto muchas veces no alcanza para reponer el camión que se acaba de perder.
La alternativa se llama pago de daños. En lugar de aceptar el dictamen de pérdida total y ceder la unidad, la empresa solicita que la aseguradora le indemnice y conservar el camión para repararlo por su cuenta.
"El asegurado a veces opta, o nosotros le sugerimos que puede optar, por solicitar un pago de daños: págame algo para que yo conserve mi unidad y la repare. No le van a indemnizar igual, porque ya habíamos dicho que era pérdida total, pero le indemnizarían con un poco menos y él repararía por su cuenta. Entonces puede seguir asegurando su unidad."
Qué se gana: la empresa conserva la unidad, la repara y puede seguir asegurándola. Para una flota donde esa unidad es una ruta activa, conservarla puede valer más que la diferencia en el cheque.
Qué se arriesga, y conviene decirlo: la indemnización es menor que la de una pérdida total, y el riesgo de vicio oculto pasa a la empresa. Si al reparar aparece un daño estructural o de suspensión que no se detectó, ese costo ya no es de la aseguradora. Es exactamente por eso que la aseguradora acepta la figura.
No es la mejor opción siempre. Es una opción B que existe, que hay que pedir, y que solo aparece si alguien del lado de la empresa sabe que existe.
¿Qué pasa si mi póliza no tiene valor convenido?
La aseguradora determina el valor de la unidad al momento del siniestro, conforme a la guía de referencia vigente ese día. Ese es el escenario completo, y conviene verlo con claridad.
Significa que la cifra base de tu indemnización se define después de que ocurrió la pérdida. La empresa llega a esa definición sin capacidad de negociación: la unidad ya no existe, la guía valúa una configuración de fábrica que probablemente no es la tuya, y la parte que valúa es la misma que va a pagar.
No implica que la aseguradora actúe de mala fe. Implica que, en ausencia de un acuerdo previo, la valuación se hace sobre un referente que la empresa no controló ni acordó y que no incorpora sus adaptaciones. Y el margen entre esa cifra y lo que la empresa considera que valía su camión suele ser el origen de las inconformidades más grandes en siniestros de equipo pesado.
¿Cómo se establece el valor convenido?
Unidad por unidad, desde la cotización. No aplica en bloque ni por promedio de flotilla.
Cada camión tiene su propio valor según modelo, año, estado de conservación, configuración y adaptaciones declaradas. Dos unidades del mismo año pueden valer distinto si una tiene caja refrigerada y la otra caja seca, o si una fue reacondicionada y la otra no. Un valor promedio aplicado a toda la flotilla protege de más a unas unidades y de menos a otras.
El proceso requiere llegar a la cotización con:
- La relación completa de unidades: marca, modelo, año y número de serie de cada una.
- La configuración de cada unidad y su estado.
- Las adaptaciones instaladas en cada una, declaradas explícitamente.
Es un trabajo de detalle que se hace una vez al contratar y se revisa en cada renovación. Comparado con lo que resuelve, es de las inversiones de tiempo más rentables de todo el proceso de cotización.
Un detalle que sí depende de quién arme tu póliza: la aseguradora no fija un valor único por unidad, sino un rango de suma asegurada dentro del cual se puede pactar. Dónde caiga tu unidad dentro de ese rango es una decisión del momento de la cotización, y tiene consecuencias en los dos frentes que ya vimos: la indemnización que recibirías y el umbral en el que la unidad se declararía pérdida total. Grupo Soluciones pacta en el extremo alto del rango que la aseguradora autoriza.
Un caso particular que conviene revisar: en las condiciones generales de General de Seguros, tratándose de vehículos provenientes de salvamento, "se entenderá como Valor Convenido, el 70% del valor" que determine el contrato. Si la flota incluye unidades recuperadas de siniestro, el esquema no opera igual y hay que saberlo antes de firmar.
¿Las adaptaciones cuentan en el valor convenido?
Solo si están declaradas en un anexo. Y aquí hay una doble consecuencia que conviene entender.
El mecanismo es específico y las condiciones generales coinciden en él. No basta con mencionar las adaptaciones: cada bien debe ir descrito, con su propia suma asegurada, en un anexo agregado a la póliza. En GNP, la cobertura de equipo especial exige que "la descripción de los bienes asegurados y la Suma Asegurada de cada uno de ellos se asentará mediante anexo que deberá agregarse". General de Seguros pide cobertura específica en los mismos términos. HDI señala que cualquier "parte, accesorio, rótulo, Adaptación y/o Conversión instalada adicionalmente" requiere amparo separado.
Si no se declaran así, ocurren dos cosas al mismo tiempo: no se consideran en la indemnización, y además quedan excluidas de la cobertura de daños materiales.
Y el deducible del equipo especial puede ser distinto. En las condiciones de Quálitas, el equipo especial opera con un deducible del 25% sobre la suma asegurada de los bienes afectados, mientras que las adaptaciones y conversiones en camiones llevan el mismo deducible contratado en daños materiales y robo total. Son dos figuras distintas y conviene saber en cuál quedó clasificada cada pieza.
En equipo pesado, donde prácticamente ninguna unidad opera en configuración de fábrica, esto es determinante. Una caja refrigerada puede representar una fracción muy significativa del valor total de la unidad. Dejarla fuera del anexo no es omitir un accesorio: es excluir una parte sustancial de lo que se está asegurando.
¿El valor convenido se actualiza con el tiempo?
Debe revisarse en cada renovación. Una unidad cambia de valor a lo largo de los años, y también cambia la flotilla: entran unidades nuevas, salen otras, se instalan adaptaciones que antes no existían.
Un valor convenido que se fijó hace cinco años y nunca se revisó puede estar desalineado en cualquiera de las dos direcciones: por encima del valor real —pagando prima por una suma que no corresponde, y que la aseguradora puede objetar en el ajuste— o, más problemático, por debajo, dejando a la empresa con una indemnización insuficiente para reponer la unidad y con un umbral de pérdida total más fácil de alcanzar.
La renovación es el momento natural para esa revisión, y es una de las razones por las que conviene tratarla como un ejercicio de ajuste y no como un trámite automático de continuidad.
¿Cómo se relaciona el valor convenido con el deducible?
Son dos decisiones distintas que operan sobre la misma cifra, y por eso funcionan juntas.
El deducible se expresa como un porcentaje del valor de la unidad. Según la experiencia de suscripción de Grupo Soluciones, ronda el 10% en condiciones estándar y puede ubicarse en 20% o 30% en zonas de alto riesgo, y el rastreo satelital de proveedor autorizado permite reducir ese porcentaje de forma significativa.
Pero el porcentaje se aplica sobre una base. Si esa base —el valor de la unidad— no está convenida, la empresa puede haber trabajado bien el deducible y aun así recibir un cálculo hecho sobre una cifra que no acordó. Reducir el porcentaje sobre un valor que alguien más definirá después del robo protege menos de lo que parece.
La estructura completa combina las dos: valor convenido para fijar la base, y rastreo autorizado para reducir el porcentaje que se resta de ella. El detalle de la segunda parte está en si el GPS de tu empresa reduce el deducible del seguro de flotilla.
¿Qué pregunto para verificar si mi póliza lo tiene?
Cinco verificaciones concretas sobre el documento, no sobre lo que se comentó al contratar:
- ¿Aparece un valor convenido para cada unidad? No un valor global de flotilla ni una referencia genérica: una cifra por unidad.
- ¿Existe el anexo de equipo especial? Revisa que cajas, rampas, rieles y blindajes estén listados uno por uno, cada uno con su suma asegurada.
- ¿Qué deducible aplica al equipo especial? Puede ser distinto —y bastante más alto— que el de la unidad.
- ¿Qué porcentaje de pérdida total maneja tu aseguradora? Como muestra la tabla, va del 50% al 75%.
- ¿Cuándo se fijó el valor y cuándo se revisó por última vez? Si arrastra varias renovaciones sin ajuste, es momento de revisarlo.
Si la póliza no especifica valor convenido por unidad, esa es la conversación a tener antes de la próxima renovación — no después del próximo siniestro.
Fuentes
- GNP Seguros, *Seguro de Camiones, Tractos y Remolques*, condiciones generales registradas ante la CNSF bajo el número S0043-0013-2023. Definición de valor convenido; cláusula 2.1.b de pérdida total; cobertura 2.1.f de equipo especial. Verificado el 23 de agosto de 2026.
- Quálitas Compañía de Seguros, *Seguro sobre Automóviles y Camiones Residentes*, condiciones generales QJ01 0606-S. Definiciones; cláusula 7ª de pérdida total; cláusulas 8 y 9 de equipo especial y adaptaciones. Verificado el 23 de agosto de 2026.
- HDI Seguros, *Condiciones Generales — Camiones*. Definiciones de valor convenido y valor comercial; apartado preliminar sobre adaptaciones y conversiones. Verificado el 23 de agosto de 2026.
- General de Seguros, *Seguro de Camiones — Condiciones Generales*, N-01-SCAM, febrero de 2024. Definición de valor convenido y de valor comercial conforme a la guía Cesvi vin Plus; cláusula 2ª de pérdida total; regla del 70% para vehículos de salvamento. Verificado el 23 de agosto de 2026.
- Quálitas Compañía de Seguros, *Requisitos y Restricciones de Contratación — Equipo Pesado*: esquema de aseguramiento a valor convenido para unidades de hasta 30 años de antigüedad. Verificado el 23 de agosto de 2026.
- VINPlus, guía de referencia de valores de vehículos pesados desarrollada por AMIS, AMDA y CESVI México, lanzada en agosto de 2020. Verificado el 23 de agosto de 2026.
- Entrevista con Gabriela Sierra, directora de operaciones de Grupo Soluciones, 25 de agosto de 2026. Ventana de un mes del valor factura, actualización mensual del libro azul, rangos de suma asegurada, umbral práctico de pérdida total y figura del pago de daños.
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¿Qué es el valor convenido en un seguro de flotilla?
Es el valor de cada unidad acordado entre la empresa y la aseguradora y establecido en la póliza desde la contratación. Determina la base de la indemnización en caso de pérdida total o robo. Al quedar pactado por adelantado, elimina la discusión sobre cuánto vale el camión justo cuando la empresa acaba de perderlo.
¿Por qué el valor convenido es más importante en camiones que en automóviles?
Porque las guías de referencia valúan la unidad de fábrica identificada por el número VIN. En equipo pesado existe VINPlus, creada por AMIS, AMDA y CESVI México en agosto de 2020, pero las adaptaciones instaladas después —cajas, rampas, rieles, blindajes— no están en el VIN y no aparecen en la guía. Como casi ninguna unidad de carga opera en configuración de fábrica, esa diferencia puede ser una parte grande del valor real.
¿Qué pasa si mi póliza no tiene valor convenido?
La aseguradora determina el valor al momento del siniestro conforme al libro azul vigente ese día, que valúa la unidad estándar y se actualiza mes con mes: la unidad se deprecia mientras la póliza corre. Y hay un segundo efecto: el umbral de pérdida total se calcula como porcentaje del valor asegurado, así que un valor más bajo hace que un daño mediano alcance el umbral y la unidad se declare pérdida total.
¿Cuándo se declara pérdida total un camión en México?
Cuando el costo de reparación alcanza el porcentaje del valor asegurado que fija la póliza. Ese umbral varía por compañía: Quálitas lo sitúa en 50% salvo convenio y en 65% de forma definitiva, GNP en 65%, y HDI y General de Seguros en 75%, con General de Seguros admitiendo el 65% a solicitud del asegurado. En la práctica del mercado mexicano el umbral habitual se ubica entre 65% y 70%.
¿Hasta cuándo puedo asegurar una unidad a valor factura?
Dentro del primer mes posterior a la compra, y solo si la unidad se adquirió en agencia. Pasado ese mes el esquema deja de estar disponible y la unidad debe asegurarse a valor convenido, porque ya empezó a depreciarse. Igual que el valor convenido, el valor factura se respeta durante toda la vigencia de la póliza.
¿Puedo conservar mi unidad aunque la declaren pérdida total?
Sí, solicitando un pago de daños en lugar de aceptar el dictamen de pérdida total. La aseguradora indemniza un monto menor, la empresa conserva el camión y lo repara por su cuenta, y puede seguir asegurándolo. La contrapartida es que el riesgo de vicio oculto pasa a la empresa: si al reparar aparece un daño estructural no detectado, ese costo ya no lo cubre la aseguradora.
¿Cómo se establece el valor convenido de cada unidad?
Unidad por unidad, desde la cotización. No aplica en bloque ni por promedio de flotilla: cada camión tiene su propio valor según modelo, año, estado y adaptaciones declaradas. Por eso el proceso requiere la relación completa de unidades con sus datos y la lista de adaptaciones instaladas en cada una.
¿Las adaptaciones de mi unidad se incluyen en el valor convenido?
Solo si están declaradas en un anexo agregado a la póliza, con cada bien descrito y con su propia suma asegurada. Cajas secas o refrigeradas, rampas, rieles, tumbaburros y blindajes deben declararse así. Las adaptaciones no declaradas quedan excluidas de la cobertura de daños materiales y no se consideran en la indemnización.
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